Las Hipotecas que vienen

A principios del mes de octubre, el ministro de Economía, Luis de Guindos, aseguró en el foro de emprendedores South Summit que ya está “todo preparado” para aprobar la reforma de la ley hipotecaria, aunque aún no se conoce cuándo se pondrá en marcha ya que la actual situación política en Cataluña puede retrasar algunas semanas la aprobación de una de las modificaciones legislativas en materia económica más esperadas. No obstante los cambios por llegar son seguros y las entidades financieras ya se están preparando para ello. Los futuros cambios en la Ley Hipotecaria son más que importantes y se basan en una mejora en transparencia y claridad en las condiciones y una mayor protección al consumidor en caso de impagos, entre otros aspectos, limitando los costes. Pero para los nuevos hipotecados lo más interesante está en la forma de presentar las ofertas de las hipotecas. De un lado, las entidades financieras deberán mostrar de forma clara todos los gastos, así como los distintos escenarios a los que se puede enfrentar, como por ejemplo variaciones de tipo de interés. También se da más potestad al cliente a preguntar y exigir toda la información que crea necesaria. Uno de los avances más importantes, sobre esta mayor transparencia, está en que tengan que presentar de forma separada al menos una oferta con vinculación y la oferta sin vinculación (puede presentar distintas propuestas con vinculación) para que de forma clara pueda elegir entre opciones. El problema es que la disparidad de condiciones entre ambas opciones puede hacer llevar a que algunos clientes opten por la oferta vinculación y que se empeoren y eleve los precios de los préstamos con garantía hipotecaria que no la tienen. El segundo de los avances está en que se pone fin a la obligatoriedad de contratar determinados productos asociados como seguros del hogar, domiciliaciones de nómina, planes de pensiones o tarjetas de crédito, algo que en la práctica ya hacían los bancos. Con estos cambios, los bancos se enfrentan al reto de hacer atractivas las ofertas que lleven a la contratación de más productos. No hay que olvidar que en estos años de crisis financiera buena parte de su cuenta de resultados se ha enjuagado no precisamente con hipotecas, hasta que se derrumbó su concesión, sino con la venta cruzada de otros productos entre los que ha destacado de manera importante los seguros. En este aspecto pocos van a ser los cambios. Y tampoco van a dejar pasar, más con el incremento en la concesión de hipotecas que vemos mes a mes, la oportunidad de usar esta herramienta para aumentar la contratación de seguros, nóminas, tarjetas e incluso fondos o planes de pensiones. En definitiva, ante un más que probable encarecimiento de las hipotecas sin vinculación, hemos de analizar más que nunca si los beneficios que conseguimos son suficientes teniendo en cuenta las condiciones particulares de cada hipoteca. Quien ha contratado una hipoteca a tipo fijo durante estos últimos años ha firmado la denominada compensación por riesgo de tipo de interés, un recargo que en ciertos casos alcanza hasta el 5% y que actualmente puede estar en vías de extinción. Esta penalización tal y como la conocemos puede tener los días contados, pues en la nueva ley hipotecaria que entrará en vigor en los próximos meses se establece la existencia de una única comisión por reembolso anticipado. Por un lado, se les permite aplicar la compensación por amortización anticipada (limitada por ley) y, por el otro, la comisión por riesgo de tipo de interés, aunque esta última debe pagarse solamente si la operación genera una pérdida económica a la entidad. Pero esto cambiará en cuanto entre en vigor la nueva ley hipotecaria. Por lo que conocemos de esta normativa, solo se permitirá cobrar una única comisión en caso de amortización anticipada, que reúne las características de las dos compensaciones que se pueden aplicar actualmente cuando el cliente decide devolver el dinero antes de tiempo. Así, según la nueva regulación, la comisión por reembolso anticipado en el caso de las hipotecas fijas, tanto si es total como si es parcial, no podrá exceder el importe de la pérdida financiera que pueda sufrir el prestamista. Además, durante los primeros diez años, se impone un límite del 3% del capital amortizado antes de tiempo, mientras que para el resto del plazo, la penalización máxima admitida es del 2%. Después de los problemas y conflictos generados por las entidades bancarias en materia de hipotecas y la decisión del Gobierno de poner en marcha la Ley reguladora de los Contratos de Crédito Inmobiliario es recomendable tener en cuenta antes de contratar una hipoteca con el fin de evitar sorpresas y litigios a medio y largo plazo, los siguientes aspectos: Gastos de hipotecas. La formalización de la hipotecas exige una serie de gastos iniciales que por costumbre siempre paga el cliente. Los gastos generados del registro de la propiedad, de la gestoría, de tasación de la vivienda, la firma ante notario y el impuesto de actos jurídicos y documentados, no necesariamente tienen que ser abonados por quien pide el préstamo. Comisiones y cláusulas suelo. No son ilegales en si, pero si su falta de transparencia. El Tribunal Supremo dictó sentencia anulando esta cláusulas en algunos casos ya que consideró que no se habían detallado con claridad a los clientes las consecuencias. Respecto a las comisiones, algunas de ellas están reguladas y limitadas. Productos vinculados a la entidad. Es habitual que las entidades ofrezcan servicios de seguros del hogar, planes de pensiones o tarjetas de crédito. Conviene que los clientes se informen del coste que conllevan y si supone una ventaja o desventaja para ellos. Leer la letra pequeña. Por último, aunque no menos importante, lo correcto es leer todos los apartados del contrato del préstamos hipotecario antes de su firma ante notario. La consolidación de la financiación hipotecaria ha sido uno de los elementos claves de la recuperación del sector. Pero desde que comenzara el año, las diferentes estadísticas que miden la salud del sector han intensificado su ritmo y confirman el buen momento que vive el sector. Esperemos que esta recuperación que vive el mercado no se vea truncada por la crisis política en Cataluña. Así, quienes estén a punto de firmar un crédito hipotecario deben de tener en cuenta que el contexto hipotecario puede cambiar a medio plazo, ya que el actual nivel de bajos tipos de interés y mínimos históricos del euríbor no será perenne, como lo demuestra el hecho de que el BCE va a reducir a partir de enero su política de estímulos. Tendremos que esperar para ver cómo queda definitivamente la nueva ley hipotecaria y qué condicionantes tiene para la banca, porque si las entidades consideran que obtendrán menos beneficios con la venta de productos hipotecarios, la concesión de créditos se puede resentir.