El IVA reducido se le puede aplicar a una persona fÃsica o comunidad de propietarios, siempre y cuando se cumplan los siguientes requisitos:
Que no actúe en la vivienda como empresario o profesional.
Que el uso de la vivienda sea particular, es decir, a una vivienda destinada a alquiler no se le puede aplicar el IVA reducido.
En el caso de tratarse de una comunidad de propietarios, el IVA reducido no será aplicable si la factura va destinada al administrador de la finca o la entidad aseguradora.
Además, existe otra condición muy importante.
Para poder aplicar el IVA reducido en una reforma de vivienda, el coste de los materiales usado en la misma debe ser nulo (es decir, que los aporta el cliente) o inferior al 40% del coste total de la reforma.
Los materiales que computan en la determinación de dicho porcentaje son:
Aquellos que queden incorporados materialmente al edificio (ladrillos, yeso, cemento).
La reducción del IVA se puede aplicar a cualquier vivienda, ya sea primera o segunda residencia, siempre y cuando la construcción de la misma haya acabado dos años antes del inicio de la reforma.
Rehabilitación de edificaciones en general incluyendo obras accesorias.
Ten en cuenta que...
Si cumples con los requisitos anteriores, a la hora de realizar tu reforma y recibir la factura por los trabajos realizados, ten en cuenta lo siguiente:
Es importante que se desglosen bien los materiales en la factura, y en el presupuesto (si lo hay). Recuerda que los materiales deben de tener un coste inferior al 40% del coste total de la reforma.
No te olvides de declarar firmemente las dos condiciones principales: Que la vivienda es de uso particular y que su construcción finalizó dos años antes del inicio de las obras de reforma.
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