Como me comprometí a la vuelta de estos días de vacaciones y, después de tantos comentarios en el post que avanza el anuncio de la Comunidad de Madrid de modificar los tipos impositivos del I.T.P. y del I.A.J.D., se confirma que ha así es desde el 1 de enero de 2014, según se ha aprobado en la LEY 6/2013 de diciembre, de medidas fiscales y administrativas, publicada en el BOE de fecha 30 de diciembre de 2013.
Buenas noticias para los que estáis a punto de comprar o estáis pensando en compran un inmueble en la Comunidad de Madrid, (por supuesto, también en Rivas Vaciamadrid), vuestros gastos de compraventa se reducen y aligeran un poco el esfuerzo que hoy hay que hacer a la hora de comprar.
Según el Preámbulo de la LEY, dice...
"En el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados se reducen dos tipos impositivos: por un lado, el tipo general del 7%, dentro de la modalidad de “Transmisiones Patrimoniales onerosas”, correspondiente a las transmisiones de inmuebles y a la constitución y cesión de derechos reales sobre los mismos, y, por otro, el tipo impositivo del 1% aplicable a la cuota gradual de documentos notariales de la modalidad de “Actos Jurídicos Documentados”. Con estas dos modificaciones se pretende incidir en la recuperación del mercado inmobiliario sumido hoy en una profunda crisis, favoreciendo también el crecimiento de la región."
Creo que aquí deja claro cual ha sido la motivación de la Comunidad de Madrid, se podrá estar o no de acuerdo, pero claro queda. Y de igual forma se podría entender que esta bajada será temporal, que si el mercado inmobiliario sale de la crisis actual, se volverá a modificar al alza, ¿entiendes tu otra cosa?.
Os adjunto imágenes detalle de las modificaciones y un archivo pdf. con el BOE donde se publica la referida LEY:
En pdf: LEY 6_2013 de diciembre, de medidas fiscales y administrativas