El Bono Joven de Alquiler es una ayuda para los jóvenes entre 18 y 35 años, para el pago del alquiler de vivienda que el gobierno aprobó el pasado 18 de enero, dentro del el Plan Estatal de Acceso a la Vivienda 2022-2025, para contribuir al pago de la renta arrendaticia o precio de cesión en uso, posibilitando el acceso a la vivienda de los jóvenes y su emancipación.
Así, el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana propone la entrega de 250 euros mensuales para los jóvenes con ingresos brutos inferiores a 24.318 euros al año.
Pueden beneficiarse de esta ayuda jóvenes de 18 a 35 años que tengan ingresos inferiores a 3 IPREM (24.318,84 euros al año) en todas las comunidades autónomas, excepto País Vasco y Navarra, y ciudades de Ceuta y Melilla
Hasta 600 euros al mes. Es necesario que el alquiler total de la vivienda no supere los 600 euros, aunque las comunidades autónomas pueden ampliar el límite hasta los 900 euros si así lo deciden y hasta 300 euros al mes por el alquiler de una habitación.
Estas cantidades pueden ser superiores en determinados casos, previo acuerdo de la Comisión de Seguimiento MITMA-CCAA, de hasta 900 euros o hasta 450 euros en alquiler de habitación.
Se concede por un plazo de 2 años, con un máximo de 6.000€ en total, a razón de 250€ al mes.
El plazo para solicitar las ayudas se abre en dos meses máximo tras su aprobación, aunque tendrá efecto retroactivo desde el 1 de enero de 2022.
El Bono de Alquiler Joven es compatible con otras ayudas y se concede a jóvenes que alquilen viviendas:
De hasta 600 euros/mes en inmueble.
De hasta 300 euros/mes en habitación.
Es compatible con el Plan Estatal: La ayuda es de hasta el 40% de la diferencia entre el alquiler de la vivienda y la ayuda del Bono Alquiler Joven, con el límite conjunto (suma de la ayuda del Bono Alquiler Joven y de este programa de ayuda) del 75% de la renta del alquiler.
También será compatible con otras destinadas para el mismo objeto, a beneficiarios especialmente vulnerables, así como con las prestaciones no contributivas de la Seguridad Social y el Ingreso Mínimo Vital. La suma del “Bono Alquiler Joven” y otras tienen como límite el 100% de la renta arrendaticia.
El Programa de ayuda a las personas jóvenes del Plan Estatal para el Acceso a la Vivienda 2022-2025, es compatible cuando la suma del “Bono Alquiler Joven” y esta ayuda llegue al límite el 75% de la renta arrendaticia.
La Ley de Presupuestos Generales del Estado para el ejercicio 2022 incluye una dotación presupuestaria de 200 millones de euros para el “Bono Alquiler Joven”.
Si se cambia de vivienda, la situación varía en función de si es un cambio en la misma comunidad autónoma o en diferente.
En la misma Comunidad Autónoma, se debe comunicar en un plazo máximo de 15 días desde el momento en el que se firma el nuevo contrato de arrendamiento.
El decreto señala que «la persona beneficiaria no perderá el derecho a la subvención por el cambio siempre que con el nuevo contrato se cumpla con todos los requisitos, límites y condiciones establecidos en este real decreto, y se formalice sin interrupción temporal con el anterior».
En otra autonomía, se deberá comunicar el cambio «al órgano concedente de origen en el plazo máximo de 15 días desde la firma del nuevo contrato». Esa autonomía será la que gestione la ayuda al alquiler según el nuevo contrato firmado..
En ambos casos se eleva el límite máximo de la renta arrendaticia o precio de cesión de la vivienda objeto del contrato de arrendamiento o cesión en la nueva comunidad autónoma o provincia de destino hasta los 900 euros mensuales.
El sindicato de técnicos de Hacienda (Gestha) indica la ayuda del Bono Joven Alquiler, es una ganancia patrimonial, por lo que hay que incluirla en la declaración de la renta.
La obligación de declarar el bono joven, se debe a que en el IRPF se exige que las ayudas públicas que superen los 1.000 euros anuales, se declaren.
Si alguno de los beneficiarios cobra la cantidad máxima del bono joven durante más de cuatro meses, se produce esta obligación.
Los cálculos pueden variar, ya que cada Comunidad Autónoma tiene su escala de gravámenes para la renta exenta del mínimo personal. En función de los ingresos del joven, fiscalmente puede resultar una cuota a pagar.
Aquellos beneficiarios de la totalidad del bono con un sueldo íntegro desde 16.419 euros anuales, registrarán un incremento en su cuota íntegra de 570 euros, al elevarse de 500 a 1.070 euros.
Las comunidades tienen aprobadas deducciones al arrendamiento a los jóvenes, entre otros colectivos, con porcentajes que oscilan entre el 3% y el 30%, con un límite máximo deducible entre 300 y 1.200 euros.
En las oficinas de BON LAR, puedes consultar cómo solicitar y gestionar las ayudas para el alquiler de vivienda, así como pedir un cálculo de las repercusiones fiscales del bono Joven.
Nuestros asesores cuentan con expertos fiscales para entender cómo afectan las ayudas al IRPF.