Arrendamiento de vivienda protegida.

Lo primero de todo decir que una vivienda protegida tiene un precio máximo regulado por normativa, para que pueda cumplir su función social. Estos precios los limita anualmente el Gobierno de Navarra, y también se especifica por ley qué requisitos tienen que cumplir los inquilinos en cada una de las tipologías de vivienda protegida, bien sea de régimen especial, de régimen general o vivienda libre tasada.

Arrendamiento de vivienda protegida.
¿Depende también de quién sea el arrendador ?

Efectivamente, dependerá de si es una empresa u organismo público, como Nasuvinsa o un Ayuntamiento, una empresa privada o un particular.

En caso de que sea un organismo público o empresa privada que promueve para arrendar, los precios del alquiler y la forma de pago son diferentes a si el arrendador es un particular.

¿Un propietario particular puede arrendar una vivienda protegida?

Sí, la ley lo permite, pero como digo siempre sujeto a unos precios máximos. Además, en caso de no haber transcurrido al menos 5 años desde la compra, el propietario tendrá que devolver las ayudas públicas que hubiera podido tener.

¿Qué diferencias hay entre un arrendamiento de un particular respecto a los otros arrendadores?

Los módulos son algo más altos en las viviendas que se han promovido con ese fin, respecto a los de un particular, y el inquilino puede tener ayudas públicas. 

¿Qué precio aproximado tiene una vivienda protegida?

Por ejemplo, en caso de que el arrendador sea un particular, si la vivienda es VPO de régimen general, tiene 90 m2 útiles, un garaje y un trastero, el precio máximo estará por debajo de 600 €/mes, a lo que se le puede sumar la cuota de la comunidad de vecinos, lo cual puede ser en un barrio de la periferia entre un 15 y un 20 % más económica que una vivienda libre.

¿Qué requisitos tiene que cumplir el arrendatario?

Principalmente de renta, no exceder los importes que marca el GN, y no poseer otra vivienda de su propiedad en cualquier otro sitio, no solamente en Navarra.

Si un arrendador particular quisiera alquilar su vivienda, ¿qué tendría que hacer?

Lo primero informarse de cuál es el precio máximo para su vivienda. Se puede consultar en la web del GN, introduciendo los datos del expediente y la superficie de viviendas y anejos.

Después tendría que encontrar un inquilino que cumpla los requisitos que marca la ley, y firmar un contrato privado que se adapte también a normativa. Para garantizar que todo está en orden, este contrato hay que presentarlo en el Departamento de Vivienda del Gobierno de Navarra para que le dé el visto bueno mediante un visado.