Aprobado el RD para la Certificación de eficiencia energética de edificios.

El pasado viernes 5 de abril de 2013 se aprobó en Consejo de Ministros el Real Decreto para la certificación de eficiencia energética de edificios.
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El plazo dado por el Real Decreto para que los propietarios de inmuebles a la venta o en alquiler obtengan su certificado energético termina el 1 de junio, por lo que desde BON LAR aconsejamos que no se espere hasta el último momento para solicitarlo, ya que a partir de esa fecha, el certificado de eficiencia energética será exigible para todos los contratos de compraventa o arrendamiento. También en toda oferta, promoción y publicidad dirigida a la venta o arrendamiento de un edificio o parte del mismo.
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Este certificado, además de la calificación energética del edificio, deberá incluir información objetiva sobre las características energéticas de los edificios, y, en el caso de edificios existentes, documento de recomendaciones para la mejora de los niveles óptimos o rentables de la eficiencia energética del edificio o de una parte de éste, de forma que se pueda valorar y comparar la eficiencia energética de los edificios.
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El propietario del inmueble o edificio será el responsable de solicitar el certificado, de conservar la correspondiente documentación y presentarla al órgano competente de la Comunidad Autónoma para su registro. Pero nosotros en BON LAR ya hemos adelantado parte de ese trabajo a todos nuestros clientes de Rivas Vaciamadrid y, tenemos seleccionada una empresa encargada de realizar los Certificados a su disposición, de tal forma que nosotros nos encargaremos de todo el proceso para así pode cumplir con este nuevo requisito.
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etiqueta de calificación energética
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Una vez que tenga el certificado de eficiencia energética tendrá una validez máxima de diez años. Aunque en el caso de realizar reformas que mejoren la eficiencia energética del inmueble será muy recomendable su actualización para mejorar la calificación energética.
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Imaginamos que este nuevo requisito, ya sea usted vendedor, comprador, arrendador o arrendatario de un inmueble le creará muchas preguntas, no lo dude: póngase en contacto con BON LAR, estaremos encantados de resolverle cada una de ellas.
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Documento en pdf. del Real Decreto Procedimiento Basico Calificacion Energetica
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